Los animales terrestres que la Torá considera aptos para el consumo judío con aquellos que tengan las pezuñas partidas y sean ruminates, como la vaca, la oveja, la cabra y el ciervo.

Los animales acuáticos deben tener aletas y escamas. Todos los otros (como moluscos y otros peces sin escamas) no son casher.

Al respecto de las aves, la ley judía define que deben comerse solamente aquellas de las cuales tenemos tradición milenaria que son casher. La Torá proporciona nombres de aves que no son aptas, (como las aves de rapiña o las predadoras) de lo que se deriva que la mayoría si lo son. Ejemplos de aves casher son el pollo, el pato y la paloma.

Las verduras y frutas no requieren de supervisión (a excepción de frutas de la Tierra de Israel que deben ser consumidas sólo cuando tienen un sello de supervisión rabínica). Sin embargo si es necesario revisar que no contengan bichos e insectos. El proceso de revisado de cada una depende del tipo de bicho que cada verdura o fruta pueda tener.

El pescado no requiere de mucho proceso de elaboración para comerlo. Siempre y cuando se trate de un pescado casher, no es necesario degollarlo (hacerle shejitá) ni quitarle la sangre (proceso que se llama melijá).

En el caso de la carne y el pollo, el proceso de elaboración es mucho más complejo. No es el objetivo de esta corta sección discutir ese proceso, porque no se aplica a la mayoría de la gente que consume la carne y el pollo.

Hoy en día uno va a una carnicería casher o compra carne casher en el supermercado y ya viene lista para su consumo.

Es apropiado mencionar que no deben comerse carne y pescado juntos, o en el mismo plato. Si puede consumirse uno después del otro (cambiando los platos), pero no juntos porque es considerado peligroso por el Talmud.

1 comentario en «Comida III»

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